El mercado de fletes agropecuarios en Argentina atraviesa un cambio histórico tras la derogación de las resoluciones que establecían esquemas tarifarios de referencia para el transporte de cereales y oleaginosas. La medida, formalizada a través de la resolución 48/2025 y publicada en el Boletín Oficial por la Secretaría de Transporte, apunta a favorecer la libertad económica, la simplificación normativa y la reducción de la burocracia estatal.

Un nuevo escenario para los transportistas
La resolución 48/2025, firmada por el secretario de Transporte Luis Octavio Pierrini, se apoya en la ley 24.653, que regula el transporte automotor de cargas. Con esta decisión, se elimina la intervención estatal en los valores de referencia de tarifas, fomentando la libre negociación entre transportistas y productores.
Durante años, el sector funcionó con mecanismos de referencia como la resolución 8/2016, que había creado un Esquema Tarifario Referencial para cargas de cereales, oleaginosas y derivados. Además, se conformó una Mesa de Negociación Participativa que reunía cámaras empresariales, entidades agrarias y organismos oficiales. Su objetivo era definir tarifas orientativas que luego debían consignarse en la Carta de Porte de granos.
Antecedentes de la regulación
Con el paso del tiempo, este sistema fue objeto de modificaciones. La resolución 190/2018 y la disposición 1/2019 establecieron nuevas fórmulas para calcular y actualizar tarifas de referencia. Posteriormente, la resolución conjunta 1/2023 dio origen a una Mesa de Trabajo más amplia, en la que participaron cámaras transportistas como Fetra, Catac y Fadeeac, junto con entidades agropecuarias como la Federación Agraria Argentina (FAA), Coninagro, la Sociedad Rural Argentina (SRA) y Confederaciones Rurales Argentinas (CRA).

No obstante, varias de estas organizaciones se retiraron en los últimos años. La Fadeeac, por ejemplo, planteó que la transparencia de costos debía resolverse a través de un Índice de Costos confiable, negociado directamente entre transportistas y productores, sin intervención de la autoridad pública. La SRA, en la misma línea, remarcó que las mejores condiciones para el sector surgen de acuerdos privados en un marco de libertad de mercado.
Argumentos de la nueva desregulación
La Dirección Nacional de Transporte Automotor de Cargas (DNTAC) evaluó que las tarifas de referencia habían generado interpretaciones divergentes y conflictos en su aplicación. Según el organismo, estos valores nunca fueron vinculantes, sino meramente orientativos, pero terminaron generando distorsiones y rigideces en la negociación. Por este motivo, recomendó derogar las normativas vigentes y avanzar hacia un esquema totalmente desregulado.
En su comunicado, la DNTAC destacó la necesidad de “eliminar barreras regulatorias que atenten contra la libertad económica”, armonizando y actualizando la normativa para adaptarla a las necesidades actuales del sector de transporte de cargas.
Acuerdos privados y libertad de mercado
En paralelo, el sector privado ya había comenzado a desarrollar sus propios acuerdos. El 10 de marzo de 2025 se firmó un “Acta Acuerdo” entre transportistas y dadores de carga, estableciendo un cuadro tarifario nacional para el transporte de la producción agropecuaria. Este pacto refleja la tendencia a que los fletes agropecuarios se negocien de manera directa, reforzando el principio de libertad de mercado.

Implicancias para el comercio exterior argentino
La eliminación de tarifas de referencia impacta no solo en el transporte interno, sino también en la logística vinculada al comercio exterior argentino. Al reducir la intervención estatal, los exportadores de cereales y oleaginosas deberán ajustar sus estrategias de costos y acuerdos logísticos de acuerdo con la dinámica de la oferta y la demanda en el mercado de fletes.
Para conocer más sobre la evolución del comercio exterior y la logística, recomendamos leer también nuestro artículo sobre la confiabilidad de itinerarios navieros en 2025.
En paralelo, se puede consultar el texto oficial en el Boletín Oficial de la República Argentina, donde se publicó la resolución 48/2025.
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