La recuperación del Impuesto PAIS se ha convertido en un tema prioritario para muchas empresas importadoras. Con la entrada en vigencia de la Resolución General 5720, se establece un procedimiento especial para la devolución de saldos a favor generados por pagos en exceso o sin causa.

Evolución de las tasas del Impuesto PAIS
El pago a cuenta del Impuesto PAIS ha experimentado cambios en sus tasas conforme a distintas resoluciones de la AFIP. A continuación, un repaso:
| Tasa Impuesto PAIS | Tasa Pago a Cuenta | Resolución |
|---|---|---|
| 30% | 28,5% | RG 5393/23 – 25/07/23 |
| 17,5% | 16,625% | RG 5464/23 – 13/12/23 |
| 7,5% | 7,125% | RG 5559/24 – 03/09/24 |
| 0% | 0% | RG 5604/24 – 26/11/24 |
¿Por qué se generan saldos a favor?
Las diferencias de tiempo entre el despacho de importación y el pago al proveedor vía MULC provocaron pagos superiores a los que finalmente correspondían. También se originaron saldos cuando se cancelaron obligaciones sin recurrir al MULC. Estos pagos sin causa son hoy recuperables bajo ciertas condiciones.
Procedimiento para la devolución según la RG 5720
Desde el 8 de julio hasta el 22 de agosto de 2025, los contribuyentes podrán acogerse al procedimiento previsto por la Resolución General 5720 para obtener un crédito fiscal, en vez de un reintegro en efectivo.
Características clave del procedimiento
- La adhesión es optativa.
- El reintegro se realiza como crédito aplicable a derechos de importación.
- La cantidad de cuotas depende del monto a recuperar.
Tabla de cuotas
| Monto a recuperar | Cuotas |
|---|---|
| Hasta $4 millones | 1 cuota |
| Más de $4 y hasta $10 millones | 6 cuotas |
| Más de $10 y hasta $100 millones | 12 cuotas |
| Más de $100 millones | 24 cuotas |
Casos que aplican al recupero del Impuesto PAIS
Según el Manual emitido por la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros (AFIP), este procedimiento se aplica únicamente a los siguientes motivos:
- Motivo A: Reducción de alícuota (Decreto 777/2024)
- Motivo B: Importación Temporaria y Zona Franca (Decreto 14/2024)
- Motivo C: Acuerdo de precios (Decreto 433/2023 / RG 5414/2023)
Es importante tener en cuenta que quienes adhieran al procedimiento renuncian a realizar reclamos administrativos o judiciales paralelos.

¿Conviene adherirse al procedimiento?
En un contexto de inflación relativamente estable, es fundamental analizar la conveniencia de ejercer esta opción. La recuperación de pagos en exceso impacta directamente en la competitividad de los importadores argentinos, por lo que se recomienda evaluar caso por caso con profesionales especializados.
Podés consultar la página oficial de ARCA para conocer en detalle la Resolución General 5720.
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